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Legislación
Ley de Servicios Sociales El pasado 30 de junio de 2009 el Gobierno de Aragón aprobó la Ley 5/2009 de Servicios Sociales que entró en vigor el 11 de julio. Más información en: www.aragob.es
El Gobierno modifica el registro civil en materia de incapacitaciones, tutela y patrimonio protegido El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley que refuerza las medidas de protección personal y patrimonial de las personas con discapacidad, cuyo objetivo es cubrir una carencia derivada de la regulación actual de la propia organización del Registro Civil, que dificulta la obtención de datos generales sobre el número y alcance de incapacitaciones que tienen lugar en España. La reforma, según indicó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, al término del Consejo de Ministros, es de gran importancia, ya que sin conocer la identidad de las personas afectadas por una modificación de la capacidad de obrar y su consiguiente sometimiento a tutela resulta muy difícil obtener una información muy valiosa a la hora de establecer el alcance real del “mapa de la incapacidad y discapacidad” en España, que facilite la puesta en marcha de adecuadas políticas de promoción y protección a estas personas y a sus familias. Otro problema que solucionará el proyecto de ley, asegura el Ejecutivo, es el referente a la actual dispersión de datos, ya que los de una misma persona pueden constar en distintos registros civiles municipales. INFORMACIÓN UNIFICADA Para subsanar esta deficiencia, se crea en el Registro Civil Central un punto de concentración de toda la información relativa a las modificaciones judiciales en la capacidad de obrar, la constitución o la modificación de organismos tutelares. Este servicio acogerá también lo relativo a prórrogas o rehabilitaciones de la patria potestad, medidas judiciales sobre guarda o administración, vigilancia o control de tales cargos. Otra novedad que introduce la nueva ley es la puesta en práctica de un principio de coordinación informativa entre las distintas secciones del Registro Civil, así como entre los distintos registros civiles del territorio nacional. Igualmente, la coordinación se extiende a las relaciones entre el Registro Civil y los Registros de la Propiedad y Mercantiles que reflejen esas situaciones de incapacidad y constitución de patrimonios protegidos y el Notariado, que autoriza los documentos públicos en que se recogen disposiciones referentes a esta cuestión. El proyecto establece la necesaria publicidad, a través del Registro Civil, no sólo de los nombramientos de administradores o representantes legales de estas personas, sino, incluso, de la propia constitución de dichos patrimonios. El Registro Civil, recuerda el Ejecutivo, es un registro con carácter jurídico cuyo fin es la constatación y publicidad de los hechos y actos jurídicos referidos al estado civil de las personas. Entre sus utilidades destaca la articulación, como medio de prueba rápido y simple del estado civil, así como título de legitimación del ejercicio de una serie de derechos que resultan de cada condición o estado civil concreto de la persona. PROTECCIÓN PATRIMONIAL Por otra parte, se trata de facilitar la efectiva puesta en práctica de la figura del patrimonio protegido como mecanismo de protección patrimonial de las personas con discapacidad, para lo cual se prevé la publicidad a través del Registro Civil no sólo de los nombramientos de administradores o representantes legales de estos patrimonios, sino incluso de su misma constitución y su contenido. Esta medida es considera especialmente importante por el Gobierno, dado que en el título de su constitución, en particular cuando se integra con bienes que ya formaban parte del propio patrimonio del discapacitado, pueden haberse establecido autolimitaciones del poder dispositivo del titular de carácter preventivo. Asimismo, se impone a los notarios la obligación de comunicar al Ministerio Fiscal la constitución de un patrimonio protegido y se legitima al fiscal para obtener información de organismos públicos en relación con el ejercicio de la tutela o guarda de hecho, lo que ha de permitir la mejora del control sobre éstas. Por otra parte, hace hincapié en la mejora de distintos aspectos del régimen jurídico del patrimonio protegido, como son la comunicación de su constitución al Ministerio Fiscal para los fines de control que se persiguen, la determinación del domicilio en función del cual se debe fijar la competencia del Ministerio Fiscal, que no ha de ser el de otorgamiento de la escritura pública, sino el del domicilio del discapacitado. También se da cabida a las comunicaciones telemáticas en este ámbito. Finalmente, destaca la aclaración del concepto de acto de disposición de determinados bienes integrados en los patrimonios protegidos, habida cuenta de la disparidad de criterios detectados en la práctica que dificultaban la gestión de dichos patrimonios protegidos. Para ello se aclara que no son propiamente actos de disposición los gastos necesarios para atender las necesidades vitales de la persona beneficiaria. Para hacer efectivas estas reformas se modifican también, además del Registro Civil, el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la normativa tributaria, por lo que supone un proyecto de ley “de un gran calado”, según Fernández de la Vega. Fuente: Crónica Social
Decreto de Eliminación de Barreras de Aragón El Gobierno de Aragón regula por el Decreto 19/1999, de 9 de febrero, la promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación. Más información en: www.viviendaragon.org
La Ley 43/2006 para la mejora del crecimiento y el empleo, que recoge los cambios introducidos en el Parlamento al Real Decreto Ley de reforma laboral, entró en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el 30 de diciembre. Más información en: www.boe.es
Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia El pasado 15 de diciembre de 2006 el Boletín Oficial del Estado publicaba la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que entró en vigor el 1 de enero de 2007. Más información en: www.boe.es
La pensión de invalidez será compatible con un empleo El martes 7 de junio de 2005 se publicó en el BOE la nueva ley que hace compatible la pensión no contributiva de invalidez con el trabajo remunerado y que entró en vigor el 1 de julio de 2006. De esta manera, las personas con un grado de discapacidad superior al 65% que, cobrando dicha prestación, encuentren un empleo, podrán mantener la pensión durante cuatro años, si la suma de los dos ingresos no supera 1,5 veces el Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (IPREM), unos 600 euros mensuales. En caso de exceder de esa cuantía, la pensión se rebajará el 50% de la cantidad que sobrepase el límite de 1,5 veces el IPREM. Más información en: www.boe.es
Nuevo complemento para pensionistas de incapacidad permanente Por primera vez, la Seguridad Social reconoce el complemento de mínimos a aquellos pensionistas con incapacidad permanente total cualificada, que tienen entre 60 y 64 años. En la actualidad ya reciben este complemento junto con su pensión, alrededor de 17.000 pensionistas. Los interesados pueden informarse de este derecho y solicitarlo en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) más próximo a su domicilio. Más información en: www.seg-social.es
Nuevo plan de vivienda. Ayudas para la discapacidad El reciente Plan de Vivienda 2005-2008 otorga una protección preferente a las personas con discapacidad y sus familias. De esta forma, el nuevo parque de viviendas protegidas reúne las necesarias condiciones de accesibilidad. Además, las personas con discapacidad podrán recibir ayudas de 7900 euros a 4.900 euros (en función de la renta y circunstancias personales) para financiar la adquisición de una vivienda protegida. También se facilitarán ayudas para acometer obras de reforma. Con respecto a la rehabilitación de viviendas, el plan señala que los edificios se adecuarán a las necesidades específicas de las personas con discapacidad. Para disponer de estas ayudas no será necesario que la vivienda cuente con una antigüedad mínima de 15 años, como ocurre en otros casos. El nuevo plan también incluye a las personas con discapacidad entre los colectivos que tendrán preferencia en la "subvención a inquilinos", hasta un máximo de 2.880 euros anuales e incluye ayudas de hasta 3.100 euros para la mejora de las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras. Más información en: www.boe.es
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